º. Son funciones del Consejo Nacional del Transporte
Coordinar los sistemas y medios de transporte dentro del territorio de la República, procurando que sirvan mejor a los intereses públicos y a la economía general del país;
Aforar las distintas rutas aéreas, fluviales y terrestres del país y determinar cupos obligatorios de absorción por parte de las empresas de acuerdo con su capacidad de transportadora;
Fijar los itinerarios, honorarios y reglamentos de las empresas de transportes, con base en los proyectos que le presenten los respectivos organismos técnicos;
Emitir concepto en cada caso sobre cupos de importación de elementos destinados al transporte en general;
Proponer al Gobierno Nacional las medidas complementarias que aseguren una total coordinación de los medios del transporte;
Determinar previamente los puertos para el tráfico de la carga de importación y exportación, de acuerdo con la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones y con la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda. La carga destinada al consumo local de los puertos no hará parte del volumen asignado al tráfico correspondiente a cada puerto;
Dictar su propio reglamento y proponer al Gobierno la creación de los organismos técnicos indispensables para el cumplimiento de sus labores.