Micelio

Artículo 4

Funciones De La Oficina Jurídica

Decreto 10 de 2025 · por el cual se adopta la estructura del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones de la Oficina Jurídica . Son funciones de la Oficina Jurídica, las siguientes

1.

Asesorar a la Dirección General y a las demás dependencias del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil en la definición de políticas, estrategias, conceptos y principios en materia jurídica, de competencia del Hospital.

2.

Asesorar a la Dirección General y las demás dependencias en la preparación y ejecución de decisiones en materia legal y su defensa.

3.

Representar judicial y extrajudicialmente al Hospital en los procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que ésta deba promover, directamente, mediante la delegación general de la función de representación judicial o mediante el poder especial que otorgue el Director General, supervisar el trámite de todas las actuaciones y mantener actualizada la información que se requiera para su seguimiento.

4.

Proponer estrategias de prevención del daño antijurídico y participar en la definición de riesgos jurídicos del Hospital.

5.

Conceptuar internamente sobre los requerimientos jurídicos de las diferentes dependencias de la Entidad en asuntos de su competencia.

6.

Fijar la unidad de criterio jurídico en los asuntos de competencia del Hospital.

7.

Dirigir la elaboración de los estudios jurídicos especiales solicitados por las demás dependencias del Hospital para el desarrollo de sus funciones.

8.

Compilar, actualizar, sistematizar, socializar y difundir leyes, decretos, normativa, jurisprudencia y doctrina relativa a los temas de competencia de la Entidad; y elaborar y publicar periódicamente los contenidos de carácter jurídico que recopilen esta información.

9.

Estudiar, conceptuar y/o elaborar actos administrativos que le sean sometidos a su consideración y revisar los actos administrativos de carácter general que deban expedir el Consejo Directivo y la Dirección General.

10.

Coordinar y tramitar los recursos, revocatorias directas y en general las actuaciones jurídicas relacionadas con las funciones del Hospital, que no correspondan a otras dependencias.

11.

Proyectar y revisar jurídicamente los actos administrativos de cualquier índole que deba firmar el Director General.

12.

Impartir instrucciones a las diferentes dependencias del Hospital para la proyección de los actos administrativos.

13.

Proponer las políticas de defensa jurídica, para mitigar condenas en contra de la Entidad de conformidad con la normatividad vigente.

14.

Revisar jurídicamente, antes de su publicación, el material pedagógico, didáctico o de comunicación que sea elaborado por las dependencias de la Entidad.

15.

Emitir conceptos de índole jurídico sobre el contenido de las iniciativas legislativas y los proyectos de actos administrativos que tengan relación con las funciones del Hospital.

16.

Ejercer en el Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, la función disciplinaria en la etapa de Juzgamiento en primera instancia para servidores públicos, de carrera y de libre nombramiento y remoción, trabajadores por contrato de trabajo privado y particulares en ejercicio de funciones públicas y exservidores públicos del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, de acuerdo con la Constitución Política y las disposiciones legales vigentes.

17.

Trasladar oportunamente los expedientes disciplinarios cuando se hayan interpuesto los recursos de apelación o de queja a la Dirección General para el trámite de segunda instancia.

18.

Informar a la Procuraduría General de la Nación, a la Oficina de Control Disciplinario Interno y a la Subdirección de Talento Humano, la ejecutoria de las sanciones impuestas a los servidores y/o exservidores públicos para que sean incluidas en las historias laborales y los registros correspondientes.

19.

Rendir informes sobre el estado de los procesos disciplinarios que se encuentren en etapa de juzgamiento, a las autoridades competentes cuando así lo requieran

20.

Cumplir las políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) que le sean asignadas.

21.

Contestar las peticiones que se radican en la oficina y son competencia de esta.

22.

Asistir como miembro jurídico de los comités que haga parte en la estructura de la administración.

23.

Evaluar jurídicamente las propuestas de las convocatorias públicas para la adquisición de bienes y servicios.

24.

Coordinar y elaborar los informes exigidos por la ley, solicitados por los organismos de control y en general todos aquellos que le sean requeridos de acuerdo con la naturaleza de sus funciones, según los lineamientos y políticas institucionales.

25.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 10 de 2025