Micelio

Artículo 5

Decreto 346 de 1931 · Por el cual se adicionan y reforman los Decretos 709 de 1890 y 476 de 1930, sobre naturalizaciòn de extranjeros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El presente Decreto regirá desde su publicación en el Diario Oficial, y se aplicará a todas las peticiones de nacionalización que estén en ese momento al estudio del Ministerio de Relaciones Exteriores. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 346 de 1931