º . El presente Decreto regirá desde su publicación en el Diario Oficial, y se aplicará a todas las peticiones de nacionalización que estén en ese momento al estudio del Ministerio de Relaciones Exteriores. Comuníquese y publíquese.
Decreto 346 de 1931 →Vigente
Artículo 5
Decreto 346 de 1931 · Por el cual se adicionan y reforman los Decretos 709 de 1890 y 476 de 1930, sobre naturalizaciòn de extranjeros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.