° En vista- de los informes de la Junta de Auxilios y del Interventor, el Ministerio de Obras Públicas resolverá en definitiva sobre la cuantía del auxilio que corresponda a cada damnificado. El Ministerio podrá exigir de la Junta, del Interventor; de los empleados oficiales o de los damnificados, antes de conceder uh auxilio, el envío de los datos, informes y comprobantes que estime necesarios.
Decreto 262 de 1937 →Vigente
Artículo 9
En Vista- De Los Informes De La Junta De Auxilios Y Del Interventor, El Ministerio De Obras Públicas Resolverá En Definitiva Sobre La Cuantía Del Auxilio Que Corresponda A Cada Damnificado
Decreto 262 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 115 de 1986, que provee a la reconstrucción de la ciudad de Túquerres, y se auxilian los damnificados por los siniestros sísmicos en el Departamento de Nariño
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.