Micelio

Artículo 2.11.2.1.3

Funciones De Las Instancias De Gobernanza En Salud

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de las instancias de gobernanza en salud. Los órganos de dirección cumplirán las funciones de regulación y formulación de políticas en salud, conforme a las facultades otorgadas por la ley y por el presente decreto, y garantizarán la integración efectiva de la Comisión Intersectorial de Salud Pública, los Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud y las instancias de participación social en los procesos de adopción, difusión, implantación, ejecución, seguimiento y evaluación del Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo. El Ministerio de Salud y Protección Social ejercerá la rectoría del Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo. Las entidades territoriales del orden departamental, distrital y municipal en el marco de sus competencias liderarán la adopción, implementación, seguimiento y evaluación del Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo en el ámbito de su jurisdicción, garantizando la coordinación intersectorial y transectorial y la participación activa e incidente de los actores del sector salud, los otros sectores, los actores sociales y comunitarios, los pueblos y comunidades étnicas y campesinas, mujeres, sectores LGBTIQ+, otras poblaciones por condición y/o situación y la población en general. La Comisión Intersectorial de Salud Pública coordinará acciones con los Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud y demás instancias territoriales de toma de decisiones en salud, promoviendo mecanismos que integren recomendaciones y estrategias para la adopción, implementación y evaluación del Modelo en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal en armonía con el Plan Decenal de Salud Pública. Los Comités de Participación Comunitaria en Salud, las asociaciones de usuarios, las veedurías ciudadanas en salud, los comités de ética hospitalaria, las juntas asesoras comunitarias en salud, las juntas de acción comunal, las asociaciones de usuarios campesinos, las mesas de participación efectiva de víctimas del conflicto armado interno, y demás instituciones y mecanismos de participación ciudadana presentes en el territorio participarán activamente en la adopción, implementación, seguimiento, evaluación y control social del modelo de salud preventivo, predictivo y resolutivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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