Micelio

Artículo 16

La División De Investigaciones Económicas Desarrollará Por Conducto De Las Secciones Que Conforme Al Artículo 10 La Integran, Las Siguientes Funciones Principales: A) Preparación De Estudios Técnicos Relacionados Con Los Aspectos Económicos De La Actividad De Las Sociedades Sometidas A Control De La Superintendencia, Y B) Elaboración De Estadísticas Referentes A Las Sociedades Vigiladas Y Preparación De La Parte Correspondiente Del Boletín Informativo De La Superintendencia

Decreto 3163 de 1968 · Por el cual se reorganiza la Superintendencia de sociedades anónimas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La división de Investigaciones Económicas desarrollará por conducto de las secciones que conforme al artículo 10 la integran, las siguientes funciones principales

a)

Preparación de estudios técnicos relacionados con los aspectos económicos de la actividad de las sociedades sometidas a control de la Superintendencia, y

b)

Elaboración de estadísticas referentes a las sociedades vigiladas y preparación de la parte correspondiente del boletín informativo de la Superintendencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3163 de 1968