Micelio

Artículo 3

Las Actividades De La Sección Colombiana De La Cpps Estarán Dirigidas Y Coordinadas Por La Dependencia Del Ministerio De Relaciones Exteriores Encargada De Los Asuntos Del Mar, La Cual Servirá De Enlace Entre La Secretaría General De La Cpps Y El Gobierno Colombiano Para Los Fines Que Persigue El Sistema Del Pacífico Sur

Decreto 2748 de 1980 · Por el cual se crea la sección Nacional de la Comisión Permanente del Pacifico Sur, CPPS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las actividades de la Sección Colombiana de la CPPS estarán dirigidas y coordinadas por la Dependencia del Ministerio de Relaciones Exteriores encargada de los Asuntos del Mar, la cual servirá de enlace entre la Secretaría General de la CPPS y el Gobierno colombiano para los fines que persigue el sistema del Pacífico Sur.

Parágrafo 1

La Sección Nacional Colombiana de la CPPS dictará su reglamento interno para el ejercicio de sus funciones.

Parágrafo 2

Los delegados que integran la Sección Colombiana de la Comisión Permanente del Pacífico Sur prestarán su colaboración ad honórem.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2748 de 1980