Micelio

Artículo 2

Interés General

Decreto 991 de 1998 · por el cual se regula la aplicación de derechos “antidumping”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Interés general. Las investigaciones a que se refiere este decreto se adelantarán por el Instituto Colombiano de Comercio Exterior -Incomex- y se harán en interés general. La imposición de derechos “antidumping”, se hará en interés público, con propósito correctivo o preventivo, siempre que exista la práctica de “dumping”, y de modo general para cualquier importador de los bienes sobre los que esos derechos recaen. Los derechos se imponen respecto de un país y si es el caso, de manera particular sobre los productores y exportadores de ese país. TITULO II APLICACION DE DERECHOS “ANTIDUMPING” A PAISES MIEMBROS DE LA ORGANIZACION MUNDIAL DEL COMERCIO –OMC– CAPITULO I Ambito de aplicación

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 991 de 1998