ARTICULO 2 º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1994 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Decreto 239 de 1994 →Vigente
Artículo 2
º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1994 Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
Decreto 239 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo 011 del 11 de junio de 1993, expedido por el Consejo Superior del Instituto Técnico Agrícola, ITA, de Buga, sobre adopción de la Planta de Personal Administrativo de la Institución
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.