Articulo 8°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 3443 de 2010, deroga los artículos 11, 12, 15 y 16 del Decreto 3445 de 2010 y las disposiciones que le sean contrarias.
Decreto 394 de 2012 →Vigente
Artículo 8
Vigencia
Decreto 394 de 2012 · por el cual se modifica parcialmente la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.