Micelio

Artículo 3

Decreto 1186 de 1951 · Por el cual se abre un crédito adicional -extraordinario- al Presupuesto de la actual vigencia (Ministerio de Obras Públicas)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1186 de 1951