Facúltase al Gobierno para reglamentar por medio de decretos las disposiciones de esta Ley; para resolver las dudas que se presenten en su ejecución, y para hacerle las modificaciones que sin afectar su fondo sean necesarias para el buen cumplimiento de ella.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.