Micelio

Artículo 25

Tienen Periodo Los Cargos De Procurador General De La Nación Y Procurador Agrario, De Fiscal Y De Funcionarios De La Rama Jurisdiccional

Decreto 1660 de 1978 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 15 y 20 de 1972, los Decretos 250 y 762 de 1970, 546 de 1971 y 717 de 1978, y otras disposiciones sobre administración del personal de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público y de las Direcciones de Instrucción Criminal.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 25. Tienen periodo los cargos de Procurador General de la Nación y Procurador Agrario, de Fiscal y de funcionarios de la Rama Jurisdiccional. Y los demás cargos no tienen periodo.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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