La prevención del estigma y la discriminación hacia personas con tuberculosis será responsabilidad compartida de las instituciones del sistema de salud. entidades territoriales, organizaciones sociales y educativas, y medios de comunicación. Estas deberán implementar estrategias de sensibilización, formación del talento humano en salud, promoción de entornos libres de discriminación, y mecanismos de monitoreo y evaluación del trato digno. Las entidades territoriales, establecerán estrategias con enfoque interseccional, participativo y basado en derechos humanos, que garanticen una atención empática, inclusiva y libre de prejuicios.
o. Los empleadores concederán los permisos y las licencias necesarias y justificadas bajo concepto médico que requieran las personas afectadas por tuberculosis tanto para su diagnóstico, tratamiento y seguimiento hasta la cura de la enfermedad y favorecerán la implementación de políticas laborales antidiscriminación frente al diagnóstico, bajo los lineamientos del Ministerio de Trabajo.
CAPÍTULO IV.
VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA, GESTIÓN Y ACCESO A LA INFORMACIÓN.