Micelio

Artículo 3

Coordinación De Delegados Presidenciales Con Grupos Ciudadanos

Decreto 203 de 2026 · por el cual se designan delegados presidenciales para procurar por el normal desarrollo de las elecciones para Congreso de la República, que se realizarán el 8 de marzo de 2026, y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Coordinación de delegados presidenciales con grupos ciudadanos . Los delegados presidenciales podrán coordinar en sus respectivos distritos o departamentos la conformación voluntaria de grupos ciudadanos, que manifiesten su interés en el acompañamiento y seguimiento del proceso electoral. Para tales efectos, los delegados presidenciales recibirán las manifestaciones escritas de los grupos ciudadanos interesados en estas actividades, y llevará un registro de cada uno de ellos. Los grupos ciudadanos, sin perjuicio de la facultad de acudir a las autoridades electorales, de policía y judiciales, podrán entregar informes, observaciones o recomendaciones al delegado presidencial, respecto al desarrollo del proceso electoral. Este a su vez, dará traslado en lo que corresponda a las autoridades pertinentes.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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