Artículo tercero. Créase, dependiente de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cargo de Inspector General de las Capitanías de los Puertos de las Aduanas de la República, con una asignación mensual de seiscientos pesos ($ 600).
Las funciones del Inspector General de las Capitanías se señalarán por Resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.