Artículo único. Para atender a los sueldos y sostenimiento del Inspector y Directores de Escuelas e Internados que funcionan en el Territorio Escolar del Vicariato Apostólico de Valledupar, hácese la siguiente distribución: Capítulo 349, artículo 3552. Sueldos en doce meses: enero a diciembre: Mensual Total Inspector Escalar $ 300.00 3.600.00 Subinspector Escolar 200.00 2.400.00 Cuatro Directores de Internado, a $190.00 cada uno 760.00 9.120.00 Cuatro Profesores de Internado, a $ 180.00 cada uno 720.00 9.120.00 Una Profesora Auxiliar 103.33 1.239.96 Total $ 2.083.33 24.999.96 Capítulo 349. artículo 3553. Gastos en 10 meses: marzo a diciembre: para atender al sostenimiento de los alumnos y alumnas de los Internados para Indios Arahuacos de San Sebastián de Rábago, y para reparación, mobiliario, transportes y otros gastos generales de los mismos Internados $ 2.500. 00 25.000.00 Capítulo 349, artículo 3554. Gastos en 10 meses: marzo a diciembre: Mensual Total Para sostenimiento de los Internados de Indios Motilones de Codazzi, y para reparación de edificios, mobiliario, transportes y otros gastos generales de los mismos Internados 2.00.00 20.000.00 Comuníquese y cúmplase.
Decreto 515 de 1956 →Vigente
Artículo 3552
Sueldos En Doce Meses: Enero A Diciembre: Mensual Total Inspector Escalar $ 300
Decreto 515 de 1956 · Por el cual se distribuye la partida apropiada en el Presupuesto Nacional vigente para atender a los sueldos del personal y demás gastos de sostenimiento de las Escuelas e Internados en el Territorio Escolar del Vicariato Apostólico de Valledupar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.