Micelio

Artículo 251

En Seguida Se Harán Al Procesado Las Preguntas Conducentes A La Averiguación De Los Hechos De Que Se Trata, Cuidando De Que Se Especifique Dónde Estaba El Día Y La Hora En Que Se Cometió El Delito, En Compañía De Quien O Quienes, En Qué Se Ocupaba, Si Sabe Quienes Son Los Autores O Partícipes Del Hecho Que Se Investiga, Y En Fin, Lo Que Se Crea Oportuno Para Descubrir La Verdad

Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En seguida se harán al procesado las preguntas conducentes a la averiguación de los hechos de que se trata, cuidando de que se especifique dónde estaba el día y la hora en que se cometió el delito, en compañía de quien o quienes, en qué se ocupaba, si sabe quienes son los autores o partícipes del hecho que se investiga, y en fin, lo que se crea oportuno para descubrir la verdad. No se podrá hacer la pregunta antes de que esta haya sido escrita; y es prohibido al funcionario redactar la respuesta, la cual debe ser dictada por el procesado o insertada literalmente. Tampoco podrá el funcionario llamarle la atención sobre la forma de su respuesta, cualesquiera que sean los yerros de expresión en que incurra.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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