Micelio

Artículo 444

Ley 94 de 1938 · Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Devuelto el expediente por el Agente del Ministerio Público, se ordenará inmediatamente ponerlo a disposición de las partes en la Secretaria del Juzgado, por un término no mayor de diez días, para que manifieste si tienen o no pruebas que pedir.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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