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Artículo 26

De Las Fases

Decreto 1640 de 2012 · por medio del cual se reglamentan los instrumentos para la planificación, ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas y acuíferos, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las fases. Comprende las siguientes

1.

Aprestamiento.

2.

Diagnóstico.

3.

Prospectiva y zonificación ambiental.

4.

Formulación.

5.

Ejecución.

6.

Seguimiento y evaluación.

Parágrafo 1

Las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible desarrollarán cada una de las fases de que trata el presente artículo acorde a los criterios técnicos, procedimientos y metodologías establecidos en la Guía Técnica para la formulación de los Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas.

Parágrafo 2

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en un plazo de diez (10) meses contados a partir de la publicación del presente decreto, elaborará la Guía Técnica para la Formulación de los Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas con base en los insumos técnicos del Ideam y el apoyo de los institutos adscritos y vinculados al Ministerio.

Parágrafo 3

El Plan de Ordenación y Manejo de Cuencas incluirá los documentos técnicos de soporte, incluyendo anexos y cartografía resultante. Lo anterior, de conformidad con lo que se señale en la Guía Técnica para la formulación de los Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas.

Parágrafo 4

Las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible reportarán anualmente al componente de Ordenación de Cuencas del módulo de Gestión del Sistema de Información de Recurso Hídrico (SIRH), el avance en los procesos de ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas de su jurisdicción, mediante los protocolos y formatos que para tal fin expida el Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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