Micelio

Artículo 2

Ley 124 de 1937 · Sobre compañías de responsabilidad limitada y se dictan disposiciones sobre elaboración de Código de Comercio, y vigencia del nuevo Código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las sociedades de responsabilidad limitada sean civiles o comerciales, se constituirán por escritura pública y con los demás requisitos indicados en el Código de Comercio para las sociedades colectivas.

La escritura de constitución contendrá además de las enunciaciones que expresa el artículo 467 del Código de Comercio, la declaración de que la responsabilidad personal de los socios queda limitada a sus aportes y a la suma que a más de éstos se indique y la de que aquéllos han sido pagados.

Cuando haya aportes en especie, la mencionada escritura contendrá asimismo la estimación que de ellos deben hacer los socios. Estos son solidariamente responsables del valor atribuido a los indicados aportes en la escritura social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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