Micelio

Artículo 16

Decreto 4482 de 2006 · por el cual se aprueba el programa de enajenación de parte de las acciones que la Nación posee en Isagén S. A., ESP.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adjudicación de las Acciones en la Segunda Etapa. La adjudicación de las Acciones en la Segunda Etapa se llevará a cabo una vez vencido el plazo de la oferta, de conformidad con las siguientes reglas: 16.1 Si el total de Acciones sobre el cual se presenta aceptación válida a la oferta es inferior o igual a la cantidad de Acciones que se ofrecen en la Segunda Etapa, a cada aceptante se le adjudicará una cantidad de Acciones igual a la demandada. 16.2 Si el total de Acciones sobre el cual se presenta aceptación válida a la oferta sobrepasa la cantidad de Acciones ofrecidas en la Segunda Etapa, la adjudicación se hará con base en el mecanismo de prorrateo establecido en el Reglamento de Enajenación y Adjudicación.

Parágrafo

Para todos los efectos, debe entenderse como Acciones demandadas, aquellas que correspondan a aceptaciones que sean válidas por cumplir con todas las condiciones establecidas en el presente decreto y en el Reglamento de Enajenación y Adjudicación, cuya cantidad se ajuste a los límites establecidos para tales efectos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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