º . Despacho del Viceministro de Energía y Gas . El Viceministro de Energía y Gas cumplirá con las siguientes funciones
Suplir las faltas temporales del Ministro cuando así lo disponga el Presidente de la República.
Asesorar al Ministro en la formulación de las políticas y en los planes de acción relativos a energía, transporte, comercialización, distribución y consumo final del gas combustible y, asistirlo en las funciones de dirección, coordinación y control que le corresponden.
Asistir al Ministro en sus relaciones con el Congreso de la República y vigilar el curso de los proyectos de Ley relacionados con las actividades de los subsectores de energía y gas.
Representar al Ministro o asistir como su delegado, cuando éste se lo solicite, en las asambleas, juntas, consejos u otros cuerpos colegiados a que deba asistir, sin perjuicio de lo previsto en normas especiales o en los estatutos de las empresas y demás actividades que éste le señale.
Estudiar los informes periódicos u ocasionales relacionados con los subsectores de energía y gas que las distintas dependencias del Ministerio y las entidades adscritas o vinculadas a éste deben rendir al Ministro y presentarle las observaciones pertinentes.
Dirigir la elaboración de los informes y estudios especiales sobre planes y programas relacionados con energía y transporte, comercialización, distribución y consumo final de gas combustible que se deban presentar.
Velar por la aplicación del Plan de Desarrollo Administrativo específico de los subsectores de energía y gas.
Velar en coordinación con otras autoridades competentes por el cumplimiento de los planes y las disposiciones sobre la protección, conservación y recuperación de los recursos naturales intervenidos por las actividades desarrolladas por los subsectores de energía y gas.
Promover el cumplimiento de los tratados, acuerdos y convenciones internacionales sobre los servicios públicos domiciliarios relacionados con los subsectores de energía y gas y sobre seguridad nuclear, protección radiológica, protección física, salvaguardias y usos pacíficos de la energía nuclear ratificados por el país.
Promover la masificación del servicio de distribución domiciliaria de energía eléctrica y gas combustible.
Promover la realización de las actividades de transporte, comercialización, distribución y consumo final de gas combustible.
Dirigir la elaboración de los estudios de preinversión asociados con proyectos de generación de energía eléctrica que adelante la Nación de acuerdo con las prioridades establecidas en el Plan de Expansión de Generación.
Dirigir y coordinar lo relacionado con la reglamentación, el licenciamiento y el control de materiales nucleares y radiactivos en el país.
Participar en la adopción de las políticas de administración del Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución de Ingresos y velar por su cumplimiento.
Proponer al Ministro los reglamentos relacionados con las actividades propias de la prestación del servicio público de energía eléctrica y gas combustible a que se deberán sujetar los titulares de los contratos de concesión, sin perjuicio de las facultades otorgadas en esta materia a otras autoridades.
Asesorar al Ministro en el establecimiento de áreas de servicio exclusivo para la distribución domiciliaria de energía eléctrica y gas combustible y la celebración de los respectivos contratos con los proponentes seleccionados para la prestación del servicio en dichas áreas.
Las que el Ministro le delegue y las demás que le sean asignadas por la ley.