Art. 2. ° En atención á lo determinado por el artículo 13 de la ley 42 de 1871, el Secretario del Tesoro dictará las órdenes del caso á fin de que los miembros del Congreso, conforme á su domicilio ordinario y habitual, reciban por anticipación su viático de venida.
Decreto 1026 de 1884 →Vigente
Artículo 13
De La Ley 42 De 1871, El Secretario Del Tesoro Dictará Las Órdenes Del Caso Á Fin De Que Los Miembros Del Congreso, Conforme Á Su Domicilio Ordinario Y Habitual, Reciban Por Anticipación Su Viático De Venida
Decreto 1026 de 1884 · Por el cual se convoca el Congreso nacional para las sesiones ordinarias de 1885
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.