El Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo, como ente rector de dirección, organización y control de la actividad del entrenador deportivo y como entidad asociativa que representa los intereses profesionales de las ciencias del deporte, conformado por el mayor número de afiliados activos de esta profesión, cuya finalidad es la defensa, fortalecimiento y apoyo en el ejercicio de entrenador deportivo, con estructura interna y funcionamiento democrático; a partir de la vigencia de la presente ley tendrá las siguientes funciones públicas:
Expedir la tarjeta de entrenador deportivo de que trata la presente ley a los entrenadores deportivos previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente ley;
Velar por el correcto ejercicio de la actividad, el control disciplinario y ético de la misma.
Desarrollar tareas de promoción, actualización y capacitación de los entrenadores deportivos.
Servir como ente asesor y consultor del Gobierno nacional en las áreas de su competencia.
Disposiciones finales