Micelio

Artículo 2

Decreto 2445 de 1966 · por el cual se crea una "Unidad de Acción Rural" en el Departamento de Bolívar.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Para el adelantamiento de los estudios y la coordinación de los servicios correspondientes, se integra en Comité compuesto por sendos representantes designados por las entidades mencionadas y presidido por el funcionario que designe el Instituto Nacional de Abastecimientos. El Comité requerirá la cooperación de los cultivadores de tabaco, y los demás sectores de la producción y del trabajo vinculados a la zona.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2445 de 1966