Elaboración de las pruebas. Las pruebas de desarrollo motor a que se refieren los artículos precedentes serán elaboradas por el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, (Coldeportes), por encargo del Ministerio de Educación Nacional, para su distribución y aplicación por los Directores de los Centros, tanto de los Ente Deportivo Departamental o del Distrito Capital, como las dependencias de los establecimientos educativos autorizados a tenerlos.
(Decreto 2225 de 1985, artículo 16)