º El impuesto sobre consumo de tabaco a favor de los Departamentos, Intendencias o Comisarías se liquidará por períodos vencidos de diez (10) días, sobre las entregadas realizadas por los distribuidores, y deberá pagarse dentro de los diez (10) días siguientes.
Decreto 214 de 1969 →Vigente
Artículo 9
El Impuesto Sobre Consumo De Tabaco A Favor De Los Departamentos, Intendencias O Comisarías Se Liquidará Por Períodos Vencidos De Diez (10) Días, Sobre Las Entregadas Realizadas Por Los Distribuidores, Y Deberá Pagarse Dentro De Los Diez (10) Días Siguientes
Decreto 214 de 1969 · Por el cual se dictan normas sobre el impuesto al consumo de tabaco
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.