Micelio

Artículo 1

Decreto 544 de 1887 · En desarrollo de la ley 148 de 1887

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Mientras dure la epidemia de fiebre en la ciudad de San José de Cúcuta, conocerá de los juicios civiles y criminales correspondientes á la misma ciudad, al Distrito del Rosario y á la aldea de Cúcuta, el Juez 1.° en lo civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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