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Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Obras Publicas Capítulo 120 Del Artículo 2397-E

Decreto 2777 de 1949 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Públicas).

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 120 Del artículo 2397-E. Para suscripción de acciones sin dividendos y otorgamiento de préstamos sin interés a las cooperativas de producción, distribución o Consumo de productos alimenticios y mercancías de primera necesidad, ya fundadas o que se funden por los empleados y obreros del Ministerio de Obras Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 7ª de 1943, reglamentado por Decreto número 357 de 31 de enero de 1948 $ 510.143.88 Suman los contracréditos $ 510.143.88 Capítulo 103. Al artículo 2073. Para viáticos y gastos de transporte del personal de las oficinas centrales del Ministerio de Obras Públicas, en comisiones oficiales, inclusive los gastos para los mismos conceptos, del personal de Visitadores, en el año $ 10.000.00 Capítulo 106. Al artículo 2116. Para continuar las obras de defensa del puerto de Ciénaga (Magdalena), en el año 15.000.00 Capítulo 107. Al artículo 2131. Para gastos de conservación de estacadas y obras de regularización en la zona de Puerto Wilches, en el año 60.000.00 Capítulo 109. Al artículo 2148. Para jornales, material y demás gastos de sostenimiento y explotación del puerto fluvial de Barranquilla, en el año 45.000.00 Capítulo 110. Al artículo 2165. Para gastos de conservación y adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, inclusive la de Cali a Buenaventura, y carretera del Carare, según distribución que hará el Gobierno 300.000.00 Capítulo 117. Al artículo 2305. Para el pago de jornales, material y demás gastos de administración, aseo, vigilancia y otros, de los edificios de propiedad nacional de fuera de la capital de la República, destinados al servicio oficial, en el año 40.000.00 Capítulo 118. Al artículo 2368. Para terminar la construcción del Palacio de Justicia de Bucaramanga 30.000.00 Al artículo 2381. Para continuar la construcción de los cuarteles de Buga 10.143.88 Suman los créditos $ 510.143.88

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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