Micelio

Artículo 5

° En Caso De Que Los Empleados Dichos No Cumplieran Con La Obligación Prescrita En El Anterior Artículo, Los Directores, Jefes Ó Superiores De Esos Establecimientos Lo Avisarán Oportunamente Á La Junta Central De Higiene

Decreto 120 de 1896 · Por el cual se reglamenta la Oficina de Vacunación establecida en esta ciudad y se señala el personal de ella

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En caso de que los empleados dichos no cumplieran con la obligación prescrita en el anterior artículo, los Directores, Jefes ó Superiores de esos Establecimientos lo avisarán oportunamente á la Junta Central de Higiene.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 120 de 1896