° En caso de que los empleados dichos no cumplieran con la obligación prescrita en el anterior artículo, los Directores, Jefes ó Superiores de esos Establecimientos lo avisarán oportunamente á la Junta Central de Higiene.
Decreto 120 de 1896 →Vigente
Artículo 5
° En Caso De Que Los Empleados Dichos No Cumplieran Con La Obligación Prescrita En El Anterior Artículo, Los Directores, Jefes Ó Superiores De Esos Establecimientos Lo Avisarán Oportunamente Á La Junta Central De Higiene
Decreto 120 de 1896 · Por el cual se reglamenta la Oficina de Vacunación establecida en esta ciudad y se señala el personal de ella
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.