Micelio

Artículo 27

Subdirección Operativa

Decreto 1961 de 2023 · por el cual se crea el Instituto Nacional de Vías Regionales, se determina su estructura, funciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección Operativa . La Subdirección Operativa, tendrá las siguientes funciones: 27.1. Ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la infraestructura de la red vial a cargo del Instituto y evaluar su ejecución. 27.2. Elaborar y proponer las metodologías, indicadores y herramientas que consideren necesarias y pertinentes para medir el impacto de la gestión y presentarlas al Director de Ejecución de la Infraestructura. 27.3. Elaborar insumos para proponerlos al Director de Ejecución de la Infraestructura, con destino a la Dirección de Planificación y Estructuración de Proyectos. 27.4. Gestionar los procesos de construcción, conservación, rehabilitación de la infraestructura de la red vial a cargo del Instituto. 27.5. Ejercer la supervisión a los contratos de interventoría de ejecución de obras públicas a cargo del Instituto. 27.6. Ejercer la vigilancia del contrato o convenio de obra pública, realizando las actividades técnicas definidas que no sean concurrentes con las actividades a cargo del interventor. 27.7. Establecer las necesidades de información en el marco de sus funciones, encaminadas al diseño de la arquitectura organizacional del Instituto. 27.8. Gestionar, analizar y producir información dirigida a alimentar los sistemas de información y a generar estadísticas. 27.9. Implementar y contribuir al mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), el Sistema Integrado de Gestión y el Sistema de Control Interno, en lo correspondiente a la dependencia. 27.10. Preparar los informes propios del área de su competencia que sean requeridos por la ley o autoridad competente. 27.11. Atender los derechos de petición o consultas en cualquiera de sus modalidades en los asuntos propios de su competencia, en los términos establecidos y conforme a la normatividad vigente. 27.12. Cumplir las políticas institucionales establecidas en el marco de buenas prácticas de gobierno corporativo y seguir los compromisos y lineamientos en ellas definidos. 27.13. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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