Art. 2.° Corresponde a la seccion 1.ª La distribucion de todos los astutos que entren a la Secretaría, i el rejistro de ellos en un libro que se llevará al efecto; lo relativo a la publicacion de las leyes i decretos lejislativos en materia militar; la espedicion de los decretos ejecutivos en la misma materia; las resoluciones jenerales que se dicten por la Secretaría; las dilijencias de posesion de todos los empleados que hayan de tomarla ante el Secretario, i todo lo relativo a pensiones concedidas a individuos de tropa, o a viudas, padres o huérfanos de militares muertos en defensa de la patria.
Decreto 18700712 de 1870 →Vigente
Artículo 2
Decreto 18700712 de 1870 · orgánico de la Secretaría de Guerra i Marina de la Unión.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.