Micelio

Artículo 16

Decreto 523 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la oficina jurídica. La Oficina Jurídica cumplirá las siguientes funciones

1.

Asesorar a la Dirección Nacional y a las demás dependencias de la Escuela en los asuntos jurídicos relacionados con la entidad, asegurando la legalidad de todos los actos académicos y administrativos.

2.

Conceptuar sobre los asuntos jurídicos relacionados con el desarrollo de las actividades de la ESAP.

3.

Contribuir al estudio de los temas que, según su naturaleza, hayan sido previamente proyectados y debatidos en otras dependencias y respecto de los cuales se requiera la posición institucional de la ESAP.

4.

Preparar o revisar los proyectos de acuerdo, resoluciones, contratos, convenios y demás actos administrativos que se expidan en cumplimiento de la misión institucional.

5.

Asistir, asesorar y representar a la entidad en el trámite y solución de los asuntos judiciales y extrajudiciales relacionados con su misión, cuando así se lo encomiende el Director Nacional, e informarle oportunamente sobre el avance de los negocios.

6.

Recopilar, actualizar, codificar y sistematizar las normas legales y reglamentarias que hagan relación a la actividad de la entidad.

7.

Rendir informes periódicos y los demás que le solicite el Director Nacional.

8.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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