Micelio

Artículo 18

Decreto 18670108 de 1867 · Reglamentando el Instituto Nacional de Ciencias y Artes y organizando la Academia anesa a él.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 18. Los profesores o categráticos tienen, ademas de las obligaciones de que hablan los artículos de 22 i 28 de este Decreto, la de suministrar al Director del Instituto los informes que les pidieren acerca de los alumnos i de las materias que estén a su cargo. XI. DE LAS MATERIAD DE ENSEÑANZA.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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