Articulo 56. La Escuela de Policía "general Santander" se compondrá de: 1°. Una plana mayor. 2°. Un curso de preparación de Oficiales. 3°. Un curso de preparación de Suboficiales. 4°. Un curso de preparación de Agentes; y 5°. Un curso de preparación y perfeccionamiento de Detectives. Es entendido que la composición de que trata se refiere al primer periodo de funcionamiento de la Escuela. En el Decreto orgánico y reglamentario de los cursos de perfeccionamiento, se determinara la composición de la Escuela a este respecto.
Decreto 945 de 1940 →Vigente
Artículo 56
La Escuela De Policía "general Santander" Se Compondrá De: 1°
Decreto 945 de 1940 · Orgánico de la Escuela de Policía General Santander
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.