Micelio

Artículo 13

Decreto 1538 de 1996 · por el cual se reglamenta el Título VI, Capítulo IV de la Ley 142 de 1994 y el artículo 34 de la Ley 188 de 1995 sobre estratificación socioeconómica.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando los usuarios, en especial los que sean beneficiarios de los subsidios de servicios públicos domiciliarios de que tratan las Leyes 142 y 143 de 1994 y 286 de 1996 consideren lesionados sus derechos por una incorrecta aplicación de las metodologías, podrán presentar su reclamo ante el Comité Permanente de Estratificación. Contra la decisión de este comité procede el recurso de reposición ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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