Micelio

Artículo 3

El Personal De Profesores, Instructores Y Consejeros Al Servicio De Los Institutos Nacionales De Educación Medía Diversificada, Inem, E Institutos Técnicos Agrícolas, Itas, Que Se Hallen Inscritos En Las Categorías Especiales Del Escalafón Nacional De Enseñanza Media, Tendrán Derecho A Percibir, Además De Sus Sueldos Totales Los Siguientes Porcentajes De Su Sueldo Básico: 4a Categoría Especial, El 10% Del Sueldo Básico

Decreto 525 de 1975 · Por el cual se fijan asignaciones al personal al servicio de los Institutos Nacionales de Educación Media Diversificada, INEM, y de los Institutos Técnicos Agricolas, ITAS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El personal de profesores, instructores y consejeros al servicio de los Institutos Nacionales de Educación Medía Diversificada, INEM, e Institutos Técnicos Agrícolas, ITAS, que se hallen inscritos en las categorías especiales del escalafón nacional de enseñanza media, tendrán derecho a percibir, además de sus sueldos totales los siguientes porcentajes de su sueldo básico: 4a Categoría especial, el 10% del sueldo básico. 3a Categoría especial, el 20%' del sueldo básico. 2a Categoría especial, el 30% del sueldo básico. 1a Categoría especial, el 40% del sueleo básico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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