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Artículo 16

Dirección Técnica De Promoción Y Divulgación De Convocatorias

Decreto 4902 de 2007 · por el cual se aprueba la modificación de estructura del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección Técnica de Promoción y Divulgación de Convocatorias. Son funciones de la Dirección Técnica de Promoción y Divulgación de Convocatorias las siguientes

1.

Divulgar la información respecto a la inscripción de operadores y entidades prestadoras de servicios de asistencia técnica –entidades Prestadoras de Servicios de Asistencia Técnica– en el registro único de operadores y entidades Prestadoras de Servicios de Asistencia Técnica, así como los criterios de calificación definidos por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

2.

Divulgar el registro único de operadores y Entidades Prestadoras de Servicios de Asistencia Técnica -entidades Prestadoras de Servicios de Asistencia Técnica.

3.

Promover y divulgar la convocatoria pública de los programas de subsidios, directamente y a través de operadores.

4.

Hacer seguimiento y asesorar a las Direcciones Territoriales respecto a sus labores de promoción y divulgación de la convocatoria pública de los programas de subsidios, directamente en los municipios, en las oficinas del Incoder y a través de operadores y aliados.

5.

Divulgar a nivel nacional los resultados de la adjudicación del subsidio.

6.

Divulgar la información de avance de los procesos de asistencia técnica y capacitación a través de Entidades Prestadoras de Servicios de Asistencia Técnica –entidades Prestadoras de Servicios de Asistencia Técnica–.

7.

Participar en la formulación de políticas, estrategias, plan indicativo, plan de desarrollo administrativo, plan operativo anual, proyecto de presupuesto de inversión y funcionamiento, programas, plan estratégico y todo lo relacionado con la planeación de la entidad, acorde con el Plan Nacional de Desarrollo y los lineamientos del Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes, y del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural –Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural–.

8.

Planear y promover los procesos de investigación y lectura del entorno, dirigidos a la reorientación de las políticas del Incoder relacionadas con la subgerencia respectiva.

9.

Las demás funciones que le sean asignadas y que por su naturaleza le correspondan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4902 de 2007