Si los secretos de que trata elArtículo anterior fueren divulgados, o los dibujos, planos o documentos fueren conocidos por descuido o imprudencia de los funcionarios encargados de su custodia, o de quienes conocían tales secretos, los culpables serán castigados con prisión por dos meses a un año, y con multa de ciento a trescientos pesos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.