Decreto 2127 de 1992 · por el cual se reestructura el ministerio de educación nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
MINISTRO DE EDUCACION NACIONAL. Corresponde al Ministro de Educación Nacional el ejercicio de las siguientes funciones:
18.
18. Establecer, bajo la dirección del Presidente de la República y mediante decreto del Gobierno Nacional, criterios para la fijación de costos educativos;
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.