Micelio

Artículo 26

Establécese Para Los Servidores De La Procuraduría General De La Nación Y De La Defensoría Del Pueblo, Por Una Sola Vez Y Sin Carácter Salarial Para Ningún Efecto Legal, Una Bonificación Por Actividad Institucional, Equivalente A Treinta (30) Días De La Asignación Básica Y Los Gastos De Representación Correspondientes Al Respectivo Empleo A 30 De Junio De 2007, Pagadera A Quince (15) De Septiembre De 2007

Decreto 3048 de 2007 · por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Establécese para los servidores de la Procuraduría General de la Nación y de la Defensoría del Pueblo, por una sola vez y sin carácter salarial para ningún efecto legal, una bonificación por actividad institucional, equivalente a treinta (30) días de la asignación básica y los gastos de representación correspondientes al respectivo empleo a 30 de junio de 2007, pagadera a quince (15) de septiembre de 2007. Tendrán derecho a esta bonificación por actividad institucional los servidores de la Procuraduría General de la Nación y de la Defensoría del Pueblo que hayan laborado durante el primer semestre de 2007, o proporcional por un período no inferior a tres (3) meses, en el primer semestre del año 2007.

Parágrafo

Exceptúense del beneficio de esta bonificación por actividad institucional a los servidores que desempeñen los cargos de Procurador General de la Nación, Viceprocurador General de la Nación, Procurador Delegado, Procurador Judicial II, Procurador Judicial 1 y Defensor del Pueblo. Esta bonificación es incompatible con la Bonificación de Gestión Judicial, la Bonificación por Compensación y la Bonificación de Actividad Judicial de que tratan los Decretos 4040 de 2004, 3131 de 2005 y demás normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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