ARTICULO 86. División Financiera y Administrativa . Conforme a las políticas e instrucciones del Subdirector General y del Administrador Regional, son funciones de la División Administrativa, las siguientes
Ejecutar los planes y programas de compra y prestación de servicios que garanticen el normal funcionamiento de la administración y preparar el anteproyecto de necesidades presupuestales;
Atender y prestar los servicios de infraestructura y logística para el adecuado desarrollo de las distintas Divisiones;
Atender las labores relativas a la correspondencia interna y externa de la Administración, el archivo, y la expedición de copias y certificaciones de documentos que reposen en el mismo;
Atender y coordinar las labores relativas a la adquisición, almacenamiento y suministro de bienes y servicios, y los programas de mantenimiento que se requieran;
Atender el manejo presupuestal, efectuar los pagos legalmente autorizados y elaborar los registros contables;
Elaborar y rendir las cuentas fiscales a que hubiere lugar;
Coordinar, efectuar y controlar las labores de procesamiento de información de la administración y el mantenimiento del equipo computacional; y,
Elaborar en coordinación con la División de Programación de la regional el anteproyecto de presupuesto de las administraciones de su jurisdicción de acuerdo a los lineamientos de la Oficina de Planeación y la Subsecretaría Financiera y Administrativa; y
Las demás que le asigne el Administrador Regional.