Micelio

Artículo 2

Decreto 613 de 1956 · Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en el Ministerio de Agricultura

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo . A partir del 16 de lebrero de 1056 crease en el Ministerio de . Agricultura los cargos y asignaciones mensuales que se determinan a continuación SECRETARIA ADMINISTRATIVA Almacenes y Pagadurías Seccionales Departamento de Bolívar: Pagador-Contador $ 550 1 Almacenista-Contador $ 500 Intendencia de La Guajira: Pagador-Contador $ 550 1 Almacenista-Contador $ 500 DIVISION DE EXTENSION Zonas Agropecuarias. Departamento de Bolívar: 2 Ingenieros Agrónomos a $ 800.00 cada uno 1.600 1 Médico Veterinario $ 800 2 Prácticos Agrícolas a $ 300.00 cada uno $ 600 1 Mecanógrafa $ 300 Intendencia de La Guajira: 1 Práctico Agrícola $ 300 SECCION DE AFTOSA Intendencia de La Guajira: 1 Médico Veterinario Jefe 900 1 Médico Veterinario Auxiliar 800 1 Ayudante Desinfección ( Mecánico Vacunador) 300 1 Inspector Vacunador 300 2 Choferes Vacunadores a 3 250.00 cada uno 500

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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