°. A partir de la vigencia fiscal de 1954, serán liquidadas en los Presupuestos de la Nación las partidas necesarias para dar cumplimiento al presente Decreto.
Decreto 3146 de 1953 →Vigente
Artículo 4
A Partir De La Vigencia Fiscal De 1954, Serán Liquidadas En Los Presupuestos De La Nación Las Partidas Necesarias Para Dar Cumplimiento Al Presente Decreto
Decreto 3146 de 1953 · Por el cual se reconoce una compensación a favor del Municipio de Cartagena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.