Micelio

Artículo 27

Poderes Correccionales Del Juez

Ley 2452 de 2025 · por la cual se expide el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sin perjuicio de la acción disciplinaria a que haya lugar, el juez tendrá los siguientes poderes correccionales:

1.

Sancionar con arresto inconmutable hasta por cinco (5) días a quienes le falten al debido respeto en el ejercicio de sus funcio­nes o por razón de ellas.

2.

Sancionar con arresto inconmutable hasta por quince (15) días a quien impida u obstaculice la realización de cualquier audiencia o diligencia.

3.

Sancionar con multas hasta por diez (10) salarios mínimos lega­les mensuales vigentes (SMLMV) a sus empleados, a los demás empleados públicos y a los particulares que sin justa causa in­cumplan las órdenes que les imparta en ejercicio de sus funcio­nes o demoren su ejecución.

4.

Sancionar con multas hasta por diez (10) salarios mínimos le­gales mensuales vigentes (SMLMV) a los empleadores o re­presentantes legales que impidan la comparecencia al despacho judicial de sus trabajadores o representados para rendir declara­ción o atender cualquier otra citación que les haga.

5.

Expulsar de las audiencias y diligencias a quienes perturben su curso.

6.

Ordenar que se devuelvan los escritos irrespetuosos contra los funcionarios, las

partes o terceros.

7.

Los demás que se consagren en la ley.

Parágrafo

Para la imposición de las sanciones previstas en los cinco primeros numerales, el juez seguirá el procedimiento previsto en el artículo 59 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia. El juez aplicará la respectiva sanción, teniendo en cuenta la gravedad de la falta.

Cuando el infractor no se encuentre presente, la sanción se impondrá por medio de incidente que se tramitará en forma independiente de la actuación principal del proceso.

Contra las sanciones correccionales solo procede el recurso de reposición, que se resolverá de plano.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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