Micelio

Artículo 14

Despacho Del Viceministro

Decreto 1471 de 1990 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Salud y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 14. Despacho del Viceministro. Son funciones del Viceministro, además de las que le están atribuidas por el artículo 13 del Decreto-ley 1050 de 1968, la dirección, coordinación y control de las oficinas adscritas a su despacho. Oficina de Control de Gestión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1471 de 1990