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Artículo 5

Para Participar En La Convocatoria Pública A La Que Se Refiere El Artículo 6° Del Presente Decreto Y Ejercer La Función A Ser Asignada, Las Personas Naturales O Jurídicas Privadas, Con Presencia Nacional, Deberán Reunir Las Siguientes Calidades Y Requisitos: 1

Decreto 1037 de 2009 · por el cual se determina una función específica a conferir a particulares, en materia de comercio exterior, y se adoptan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Para participar en la convocatoria pública a la que se refiere el artículo 6° del presente decreto y ejercer la función a ser asignada, las personas naturales o jurídicas privadas, con presencia nacional, deberán reunir las siguientes calidades y requisitos

1.

No estar incursas en prohibiciones, ni en causal de inhabilidad o incompatibilidad constitucional o legal, para celebrar contratos con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

2.

Acreditar experiencia en atención al público y manejo de registros por el término que se establezca en los pliegos de condiciones.

3.

Acreditar experiencia en la operación, administración y control de Bases de Datos por el término que se establezca en los pliegos de condiciones.

4.

Contar con sedes de fácil acceso al público ubicadas en las ciudades que determine el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, debidamente equipadas con las herramientas tecnológicas y los elementos necesarios para el ejercicio de la función a ser asignada. Estas sedes podrán ser las de sus afiliados o asociados.

5.

Contar con conexión o conexiones dedicadas a Internet, con cubrimiento nacional, que le permita acceder en forma eficiente y segura a la infraestructura informática que posee el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

6.

Contar con el recurso humano suficiente e idóneo para ejecutar la función a asignarse.

7.

Mantener el archivo documental e informático que se genere por el ejercicio de la función asignada. CAPITULO III De las disposiciones comunes a los capítulos anteriores

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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