°. Para participar en la convocatoria pública a la que se refiere el artículo 6° del presente decreto y ejercer la función a ser asignada, las personas naturales o jurídicas privadas, con presencia nacional, deberán reunir las siguientes calidades y requisitos
No estar incursas en prohibiciones, ni en causal de inhabilidad o incompatibilidad constitucional o legal, para celebrar contratos con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Acreditar experiencia en atención al público y manejo de registros por el término que se establezca en los pliegos de condiciones.
Acreditar experiencia en la operación, administración y control de Bases de Datos por el término que se establezca en los pliegos de condiciones.
Contar con sedes de fácil acceso al público ubicadas en las ciudades que determine el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, debidamente equipadas con las herramientas tecnológicas y los elementos necesarios para el ejercicio de la función a ser asignada. Estas sedes podrán ser las de sus afiliados o asociados.
Contar con conexión o conexiones dedicadas a Internet, con cubrimiento nacional, que le permita acceder en forma eficiente y segura a la infraestructura informática que posee el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Contar con el recurso humano suficiente e idóneo para ejecutar la función a asignarse.
Mantener el archivo documental e informático que se genere por el ejercicio de la función asignada. CAPITULO III De las disposiciones comunes a los capítulos anteriores