Micelio

Artículo 2.12.1.5

Fuentes De La Información Registrada En El Siifa

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Fuentes de la información registrada en el SIIFA. La información contenida en los módulos que conforman el SIIFA se alimentará de las siguientes fuentes de información

1.

La información contenida en los contratos o acuerdos de voluntades suscritos en­tre las entidades responsables de pago, los prestadores de servicios de salud y los proveedores de tecnologías en salud, que se registren en el módulo de registro de contratación de servicios y tecnologías en salud a que refiere el artículo 4° de la Ley 1966 de 2019.

2.

La información de los servicios prestados y las tecnologías suministradas que los facturadores electrónicos del sector salud transmitan a la plataforma del mecanis­mo único de validación del RIPS.

3.

La información de la factura electrónica de venta en salud que se genere dentro del relacionamiento de los agentes enunciados en los numerales 1, 2, 3, 4 y 5 del artículo 2.12.1.2 de este decreto, reportada al mecanismo único de validación dis­puesto por el Ministerio de Salud y Protección Social.

4.

La información que soporten las transacciones realizadas con recursos del sector salud entre los agentes señalados en el artículo 2.12.1.2 del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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