º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese y cúm plase. D ado en Cucuta, a 13 de junio de 1981. JULIO CESAR TURBAY AYALA El Ministro de Educación Nacional, Carlos Albán Holguín.
Decreto 1528 de 1981 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 1528 de 1981 · por el cual se prorroga la Campaña Nacional de Educación de Adultos "Simón Bolívar".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.